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Si te encuentras en México, es importante mencionarte que su Constitución Política protege a todas las personas migrantes que se encuentran en el país, sin importar su estatus migratorio. El respeto de los Derechos Humanos de la población migrante es uno de los principios establecidos en la Ley de Migración. A continuación, te mencionamos algunos de ellos:

 

1. Derecho a la libertad de tránsito

Toda persona tiene el derecho de circular libremente por el territorio mexicano.

2. Derecho a la asistencia consular

Cualquier autoridad del Estado Mexicano que detenga a una persona extranjera tiene la obligación de informarle sobre su derecho a contactar con la autoridad consular de su país de origen y de facilitar tal comunicación, así como permitirle recibir la visita del personal consular.

 3. Derecho a la no discriminación

La Constitución Política mandata la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, en tal virtud, ese derecho incluye a todas las personas migrantes que se encuentren en México, sin importar su condición migratoria. La prohibición de discriminación hacia las personas migrantes está igualmente reconocida como uno de los principios en los que se sustenta la Ley de Migración.

 4. Derecho a solicitar asilo

En México, toda persona extranjera en caso de persecución por motivos de orden político tiene derecho a solicitar asilo.

5. Derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado

Toda persona extranjera que se encuentre en territorio nacional y no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país de origen, debido a temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social y opiniones políticas, o que haya huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los Derechos Humanos y otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, tiene derecho a solicitar la protección internacional de México.

6. Derecho a la protección de la unidad familiar

Toda persona en contexto de movilidad tiene derecho a que se preserve y garantice su unidad y/o reunificación familiar, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes.

7. Derecho a no ser criminalizado

El ingreso no formal al país de la población migrante no es motivo para criminalizar su actuar y tratarlo como tal.  

8. Derecho a la salud

Las personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, tendrán derecho a recibir de manera gratuita y sin restricción alguna, cualquier tipo de atención médica urgente que resulte necesaria para preservar su integridad.

9. Interés superior de la niñez: 

Principio Constitucional que obliga a todas las autoridades, a que en sus actuaciones y decisiones en las que se vea involucrada una niña, niño o adolescente, se garantice de manera plena el respeto de sus Derechos Humanos.

10. Derecho a la justicia: 

En cualquier caso, independientemente de su situación migratoria, los migrantes tendrán derecho a la procuración e impartición de justicia, respetando en todo momento el derecho al debido proceso, así como a presentar quejas en materia de derechos humanos, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Constitución y demás leyes aplicables.

11. Derecho a realizar actos con registro civil: 

Los jueces u oficiales del Registro Civil no podrán negar a las personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, la autorización de los actos del estado civil ni la expedición de las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte.

12. Derecho a la educación: 

Las personas migrantes podrán acceder a los servicios educativos provistos por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria y conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

 

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Fuentes de información:

Derechos de las personas migrantes | Comisión Nacional de los Derechos Humanos - México (cndh.org.mx)

Ley de Migración https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf